Requisitos para opositar a Tramitación Procesal y Auxilio Judicial
🗓️ Revisado con el BOE el 5 de octubre de 2026. JusticiaOpo es una web privada de estudio, no oficial: lo que manda es lo publicado en el BOE.
Son los requisitos de la última convocatoria, la Orden PJC/1549/2025 (base 4). La de la oferta de 2026 aún no ha salido; cuando salga, comprueba que no cambian (en la de 2024, Orden PJC/1437/2024, eran los mismos).
Los requisitos
- Nacionalidad: española (base 4.1).
- Edad: tener 16 años cumplidos y no haber llegado a la edad legal de jubilación forzosa (base 4.2). No hay edad máxima para presentarse.
- Título para Tramitación Procesal: Bachillerato o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo (base 4.3.b).
- Título para Auxilio Judicial: Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo (base 4.3.c). Los títulos extranjeros necesitan la homologación o el certificado de equivalencia.
- Capacidad: la capacidad funcional necesaria para las funciones del cuerpo (base 4.4). Se acredita al final, con un certificado médico oficial si apruebas (base 8.1.c); no hay pruebas físicas ni reconocimiento médico en la oposición.
- Habilitación: no estar condenado por delito doloso a penas privativas de libertad (salvo cancelación de antecedentes o rehabilitación), no haber sido separado de ninguna Administración por expediente disciplinario ni estar inhabilitado, y no ser ya funcionario de carrera del mismo cuerpo (base 4.5).
¿Cuándo hay que cumplirlos?
El último día del plazo de solicitudes, y hay que mantenerlos hasta la toma de posesión (base 4.6). Por eso basta con estar «en condiciones de obtener» el título en esa fecha.
Cómo se presenta la solicitud
- Solo por internet: modelo 790 (código 007) en el servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General, administracion.gob.es (bases 5.1 y anexo VII).
- Con certificado digital válido de persona física o DNI electrónico (base 5.2).
- Plazo: 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOE (base 5.3).
- Un solo ámbito territorial: eliges en la solicitud si te presentas por el ámbito del Ministerio o por una comunidad autónoma con competencias en Justicia; no se puede cambiar después y, si apruebas, tu destino será en ese ámbito (bases 1.3 y 1.4). Mira cuántas plazas hubo en cada comunidad en 2025.
- Cupo de discapacidad: con un grado igual o superior al 33 % puedes optar por el cupo de reserva (y entonces solo por él) y pedir adaptaciones de tiempo y medios con el dictamen técnico facultativo (bases 1.2 y 5.7).
Tasas
| Cuerpo | Tasa | Familia numerosa general |
|---|---|---|
| Tramitación Procesal y Administrativa | 15,57 € | 7,79 € |
| Auxilio Judicial | 11,66 € | 5,83 € |
Están exentos de pagar (base 5.5): las personas con discapacidad igual o superior al 33 %; quienes lleven al menos un mes como demandantes de empleo antes de la convocatoria, sin rechazar ofertas adecuadas y sin rentas superiores al salario mínimo interprofesional; las familias numerosas de categoría especial (las de categoría general pagan la mitad), y las víctimas del terrorismo y sus familiares en los términos de la ley.
Si apruebas: los papeles
En los 10 días hábiles siguientes a la lista definitiva de aprobados se presenta la solicitud de destino, el certificado médico oficial y, si te opusiste a que se consultaran de oficio, copia auténtica del DNI y del título (base 8.1). Sin esa documentación no hay nombramiento (base 8.3).
¿Y después de la solicitud?
La lista provisional de admitidos sale en el plazo máximo de un mes, con 10 días hábiles para subsanar (base 5.10), y el examen es dentro de los 45 días siguientes a la lista definitiva (base 7.2). Cómo es cada ejercicio: Tramitación y Auxilio.
🗂️ Prepara Tramitación Procesal 📨 Prepara Auxilio Judicial
Fuente: Orden PJC/1549/2025, de 22 de diciembre (BOE de 30/12/2025), bases 1, 4, 5 y 8.